¿Qué es un contrato de crédito?

- POR Azaneth Hernández 25 / 02 / 22

Al solicitar un préstamo en alguna institución de crédito, esta solicitud puede ser aprobada o negada. Si se autoriza, el siguiente paso sería firmar un contrato de crédito y seguramente, también un pagaré que avale dicha operación.

Pero… ¿Qué es un Contrato de Crédito?

Un contrato de crédito es un documento que se firma entre dos partes (pueden ser personas o empresas) el cual obliga a una de las partes a proveer algo mientras que la segunda parte se obliga a dar algo a cambio.

Por ejemplo, en el caso de un contrato de crédito, la parte A, se obliga a prestarle una cantidad de dinero a la parte B, mientras que la parte B, se compromete a pagar esta suma y además una tasa de interés a la parte B.

Estas partes se les llama normalmente ACREDITANTE y ACREDITADO. El acreditante es quien presta el servicio, y el acreditado es quien obtiene la obligación de cumplir con algo a cambio.

Ok, entiendo… Pero, ¿qué necesito para que mi empresa pueda firmar un contrato de crédito? ¿Cuáles son los requisitos para firmar este contrato?

Lo más importante para el acreditante es que el acreditado demuestre con que recursos va a pagar el crédito y que garantía dejará para el caso de que no pueda pagar dicho crédito.

Una vez aclarada la fuente de repago, se necesita comprobar que la empresa tenga toda su documentación y papelería en orden. Algunos de estos requisitos son:

Constitución de la sociedad: Tu empresa debe estar legalmente constituida ante fedatario público y debidamente inscrito ante el Registro Público de Comercio.

Capacidad de Goce: la capacidad de goce se refiere a la aptitud de una persona para ser titular de derechos y obligaciones, en las Personas Morales la capacidad de goce surge al momento en que se constituyen y está limitada por el objeto social, por lo tanto, es necesario que en el objeto social de tu empresa se plasme lo siguiente:

• Que puede contraer créditos o prestamos

• Que puede constituir toda clase de garantías en caso de presentar bienes a nombre de la sociedad

• Que puede suscribir toda clase de títulos de crédito

• En caso de presentarse como Obligado Solidario y/o Aval, debe preverse en estatutos expresamente.‍

• En caso de constituirse como Garante de una Sociedad debe estar expreso en estatutos la posibilidad de garantizar obligaciones de terceros.

Capacidad de ejercicio: Las Personas morales no pueden ejercer sus derechos y obligaciones por sí mismas, por esta razón es necesario que se designe un Representante Legal, quien siempre será una persona física que se encargara de actuar en nombre de la sociedad mercantil. Para que una persona física actúe como Representante Legal de tu empresa es necesario que se otorguen los poderes ante notario o corredor público y estar debidamente inscrito ante el Registro Público de Comercio, los cuales deberán ser los siguientes:

• Poder para actos de administración: sirve para que el apoderado realice todas las operaciones inherentes al objeto social, por ende, la firma del contrato de crédito.

• Poder para actos de dominio: este poder ser otorga para que el Representante Legal pueda gravar o enajenar bienes y derechos de la sociedad, esto es, que tu empresa pueda garantizar obligaciones propias o, en su caso, garantizar obligaciones de terceros.

• Poder Cambiario: este poder se necesita si se requiere suscribir títulos de crédito en nombre de la empresa o participar como aval en obligaciones de terceros.

Enterado… Cumplo con los requisitos y tengo toda la papelería en orden. ¿Qué sigue?

Una vez después de cumplir con los requisitos y estar de acuerdo con las condiciones, se prepara y se firma el contrato.‍

Recuerda que es muy importante leer y entender al 100% el contrato, así como las obligaciones y derechos que emanan de él. Si tienes alguna duda, consulta con un abogado o con tu asesor comercial, nunca firmes un contrato sin comprenderlo.

Una vez que ya tengas todo claro, firma el contrato.¡Felicidades! Ya puedas hacer uso de los recursos.