- POR Thelma Requenes 23/02/23
La cancelación de Sello Digital no es una cuestión que únicamente deba interesar al Contador sino también a los empresarios, tienen que poner atención para evitar dolores de cabeza y daños a su negocio; pues en caso de estar en esta situación no podrán emitir ni entregar facturas electrónicas.
De ser así, las operaciones comerciales no tendrán el respaldo que da el comprobante digital (CFDI) ni podrán ser pagadas. En términos prácticos, una empresa no podrá vender ni recibir pagos impactando negativamente ingresos, utilidades y flujo de efectivo.
Al suceder esto, el SAT enviará y notificará los motivos de la suspensión. Con este primer aviso, las empresas ya no podrán hacer uso de su Certificado y entonces deberán iniciar el trámite de presentar una aclaración.
Una vez que la autoridad ha cancelado el Certificado de Sello Digital, el contribuyente afectado tiene la opción de presentar una aclaración ante el SAT, ofreciendo las pruebas que desvirtúe la irregularidad específica que dio origen a la cancelación del sello digital. La autoridad fiscal deberá emitir la resolución en un plazo máximo de tres días, contado a partir del día siguiente a aquel en que se reciba la solicitud correspondiente.
También un beneficio es que podrá solicitar una prórroga, sólo por una ocasión toda vez que ésta se realice dentro del plazo otorgado.
Una vez presentada la solicitud de aclaración, la autoridad fiscal restablecerá el uso del Certificado desde el día siguiente y hasta el se emita una resolución, la cual puede ser a favor o en contra, según el caso, del contribuyente.
En pocas palabras la suspensión o cancelación es igual a no facturar, y al no facturar es igual a suspender el flujo de facturación y de dinero. Situación muy complicada para las empresas, que en casos muy graves podrían llegar a la quiebra o cierre por no contar con el flujo de efectivo necesario para sus compromisos. Por lo cual es de suma importancia tener en cuenta los motivos mencionados anteriormente y a su vez cumplir con cada una de tus obligaciones fiscales.
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